

El Expediente De Dominio es necesario en muchos casos y es importante que se solicite a través de un proceso apropiadamente. Por ejemplo muchas personas perdieron sus casas por el Huracan Maria y/o otros desastres naturales. Al reclamar a FEMA, no pudieron demonstrar que eran los dueños de las casas y así poder aprovechar los beneficios como propietarios. El proceso para inscribirla su nombre se llama Expediente De Dominio y la ley establece varios requisitos para realizar este proceso.
Quien Lo Puede Solicitar ?
Solamente quien haya poseído una propiedad inmueble de manera publica, continua y a titulo de dueño por 25 años. Se toma en cuenta el tiempo que usted y los dueños anteriores como sus padres por ejemplo han poseído la propiedad.

Como Se Procesa Un Expediente De Dominio?
Se debe presentar en el Tribunal de Primera Instancia una petición juramentada que incluye la descripción exacta de la propiedad. Tambien un plano con la cabida y las colindancias. Numero de catastro del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). Una explicación del modo en que se adquirió la propiedad del inmediato dueño anterior, entre otros requisitos.
Se requiere publicar unos edictos, notificar al Fiscal de Distrito, al Alcalde de Municipio donde estén los bienes y al Secretario de Transportación y Obras Publicas. Una vez el tribunal dicte la sentencia se inscribe su titulo en el Registro de Propiedad.
Es importante mencionar que cada caso es distinto y por eso se tiene que analizar independientemente. Recuerde que nuestras consultas son el primer paso en resolver su caso particular. Puede visitar nuestra pagina de contacto, llamar al 787-751-9292/787-600-4241 o llenar el formulario que esta abajo. Así que apúrese porque el tiempo es muy importante en cada caso y nosotros conocemos a Puerto Rico muy bien.
Recuerde que uno tiene que asegurar que cada parte del proceso sea perfecto para asegurar un Expediente De Dominio a su favor.