


Las Autorizaciones Judiciales son procedimientos judiciales para obtener el permiso del tribunal, en los asuntos donde hay menores o incapacitados. Se requiere el permiso del tribunal para disponer de sus bienes, aceptar o dividir una herencia.
Si su hijo es heredero y es menor de edad, sepa que no puede vender ningún inmueble (propiedad) sin el permiso del tribunal. En casos de personas mayores de edad que están incapacitadas se requiere de la autorización judicial para retirar dinero de los bancos y/o vender algún inmueble.
Debe consultar con un abogado si es necesaria la declaración de incapacidad de dicho mayor de edad. De igual manera, si es necesario que se le nombre un tutor. Si han realizado un poder duradero, no será necesario nombrar un tutor, pero si la autorización del tribunal para vender el hogar que constituye la residencia del alegado incapaz (poderdante).
Es importante mencionar que el Código Civil del 2020, incluyó el concepto de patria potestad prorrogada, para cuando su hijo ha llegado a la mayoría de edad, pero está incapacitado. Esto tiene el efecto de que en vez de que se le nombre tutor, se le extiende la patria potestad. Puede visitar nuestra página de contacto, llamar al 787-751-9292 /787-600-4241 o llenar el formulario que esta abajo.
Llámenos Hoy Mismo Para Asesorarse De Autorizaciones Judiciales
Contactar a una abogada en Puerto Rico nunca a sido mas fácil. Usted puede llenar el formulario que tenemos arriba, visitar nuestra página de contacto o simplemente llame al 787-751-9298 / 787-600-4241 para una consulta con una abogada dedicada en San Juan. El desconocimiento de la ley no le exime de su cumplimiento. Por eso es importante asesorarse de los requisitos en Puerto Rico.