
El banco congeló mi cuenta al morir mi esposo
¿Por que el banco congeló mi cuenta? En Puerto Rico los bancos congelan las cuentas bancarias tan pronto saben del fallecimiento del titular de la cuenta bancaria. No importa si en la cuenta están autorizadas otras personas que no han fallecido. Para evitar que se dejen de pagar las contribuciones adeudadas. Hasta que el Secretario de Hacienda emita el relevo correspondiente no liberan la cuenta.
Sin embargo, el Nuevo Código de Rentas Internas dispone que la institución financiera, o banco debe entregar a los herederos, legatarios o beneficiarios de un causante, hasta $15,000 o el 25% del total de dichos fondos, lo que sea mayor, hasta que se presente el correspondiente relevo de Hacienda. Para esto el banco requerirá la declaratoria de herederos o el testamento.
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La Lic. Wilma Rosario Rodriguez cuenta con más de 30 años de experiencia en sucesiones y herencias. Ofrece servicios de declaratorias de herederos, cartas testamentarias, cambios de nombre y correcciones en las actas en el Registro Demográfico.